La indemnización máxima a víctimas de accidentes se triplicará en 2010

 

En enero de 2008 las víctimas de accidentes podrán cobrar hasta 500.000 euros por las lesiones o perjuicios sufridos, frente a los 350.000 euros que fija la normativa actual para el seguro obligatorio.

Las indemnizaciones máximas que pueden cobrar las víctimas por los daños corporales sufridos en accidentes de tráfico se elevarán a partir de 2008, hasta situarse dos años más tarde en un millón de euros, casi el triple que en la actualidad.

Según contempla el texto, a partir del 1 de enero de 2008 toda víctima de un accidente podrá cobrar hasta 500.000 euros por las lesiones o perjuicios sufridos, frente a los 350.000 euros que fija la normativa actual para el seguro obligatorio, el que tiene que poseer todo vehículo que esté registrado y matriculado en España.

En el caso de daños a bienes, el importe máximo se quintuplicará al pasar de los 100.000 euros actuales a los 500.000 euros en 2008.

No obstante, el límite de las coberturas de las pólizas obligatorias volverá a incrementarse en 2010, cuando está previsto un máximo de un millón de euros por víctima y un millón de euros por los daños ocasionados a bienes por cada siniestro, «cualquiera que sea el número de vehículos o bienes afectados».

Dicho borrador también modifica y establece nuevos puntos, como la obligación de que las aseguradoras presenten, en el plazo máximo de tres meses desde la recepción del parte de siniestro, una oferta de indemnización «si se ha determinado la responsabilidad y cuantificado el daño».

Asimismo, determina que las aseguradoras no podrán excluir de la cobertura del seguro a los ocupantes de un vehículo que hayan resultado perjudicados en un siniestro «sobre la base de que éste supiera o debiera haber sabido» que el conductor se encontraba bajo los efectos del alcohol u otra sustancia tóxica en el momento del accidente. Tampoco podrán alegar la existencia de franquicias.

Fuente: elmundo.es

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