
Sufrir una lesión causada por cualquier tipo de accidentes, es una situación bastante incómoda e indeseada y lo es mucho más, cuando sus consecuencias son irreversibles y le dan un vuelco total a tu vida, cambiándola por completo.
Cuando esto sucede, lo mínimo que puede recibir la persona afectada, es una indemnización que le ayude a cubrir los gastos generados por el accidente laboral o de tráfico.
Son muchas las dudas y el estado de incertidumbre por el que se atraviesa ante estas situaciones, por ello es fundamental contar con las asesorías de un abogado especializado que os represente efectivamente.
Si estáis pasando por circunstancias parecidas y necesitáis información oportuna sobre esta temática, no os preocupéis, llegaste al sitio correcto y a continuación os ofreceremos los detalles que necesitáis.
¿Qué se entiende por incapacidad?
Cuando un incidente ocasiona una incapacidad permanente, este término es empleado para describir una situación que limitará durante un periodo o de por vida, tu actividad laboral.
En este sentido, se entiende por incapacidad a la condición limitante y definitiva, tras lesiones graves ocurridas en accidentes de tráfico, laborales o por enfermedad. El Instituto Nacional de la Seguridad Social, reconoce a las víctimas de cualquiera de estas situaciones, el derecho de recibir una prestación económica.
Del mismo modo, dicho instituto se encarga de determinar el grado de incapacidad sufrido, el cual influye en la cantidad de dinero a otorgar. Actualmente, los grados poseen la siguiente clasificación:
• Incapacidad permanente parcial.
• Incapacidad permanente total.
• Incapacidad permanente absoluta.
• Gran invalidez.
Tipos de incapacidad permanente
Como te hemos mencionado anteriormente, la incapacidad se concede según el grado de la lesión sufrida. Con lo cual, surge una clasificación en la que se diferencian los tipos de incapacidad reconocidos legalmente.
• Incapacidad permanente parcial
Esta se designa en aquellos casos en los que la lesión no afecta a más del 33% de las funciones normales del trabajador. Es decir, no interfiere totalmente en su productividad, por lo que no llega a imposibilitar sus actividades laborales.
Aunque con dificultades, la persona podrá desarrollar las labores atribuidas a su cargo o puesto de trabajo. De acuerdo a la magnitud del daño determinado en las evaluaciones realizadas durante la etapa de recuperación, el lesionado podrá retomar sus funciones u optar por desempeñar un trabajo diferente.
• Incapacidad permanente total
Hace referencia a cuando los efectos de las lesiones impiden totalmente que el trabajador continúe desempeñando sus funciones habituales. No obstante, sí estarán en capacidad de desarrollar labores diferentes que no involucren a la parte afectada.
• Incapacidad permanente absoluta
Se está en presencia de este tipo de incapacidad, cuando las lesiones impiden absolutamente llevar a cabo cualquier tipo de actividad laboral. El trabajador no podrá continuar desarrollando las funciones propias de su rol, ni ninguna que se le parezca.
En este sentido, aun cuando la persona posee los conocimientos y la experiencia necesaria para desenvolverse de manera eficiente en ciertos ámbitos, los daños sufridos imposibilitan totalmente que pueda llegar a ejecutarlos.
• Gran invalidez
La gran invalidez ocurre cuando los daños sufridos son tan graves, que generan una pérdida anatómica o funcional, que incluso impide que la persona pueda hacerse cargo de sí misma. Por lo que evidentemente, no podrá volver a desempeñar otro trabajo jamás.
Ante estas situaciones, el lesionado amerita la asistencia de terceros para realizar tareas cotidianas, como su alimentación y aseo personal.
¿Qué debes hacer para solicitar la incapacidad?
Para dar inicio a tu proceso de solicitud debéis cerciorarte de que un médico os haya proporcionado anteriormente una incapacidad temporal. De esta forma, se podrá certificar que habéis sufrido una lesión que os produjo limitaciones funcionales o anatómicas, así como el hecho que la ocasionó.
Luego de que hayan transcurrido 12 meses de esta, se debe solicitar una prórroga ante un tribunal médico para continuar con la recuperación durante 6 meses más. Si tras 18 meses en recuperación, las limitaciones no ceden, se procede a gestionar la incapacidad permanente.
Ahora bien, existen heridas o daños físicos y/o cognitivos, cuya gravedad y consecuencias de la misma, son evidentes, lo cual descarta por completo cualquier posibilidad de recuperación. Por ende, la incapacidad permanente se tramita directamente sin esperar el lapso antes mencionado.
¿Con qué requisitos debes contar para presentar la solicitud de incapacidad?
Es importante que dispongáis de los requisitos requeridos en el momento en el que ocurra el accidente o surja la enfermedad. Es imprescindible que el trabajador se encuentre afiliado o que cuente con un alta médica o en su defecto, atravesar situaciones asimiladas a esta. Tales como: desempleo, maternidad o paternidad, excedencia forzosa, estar suscrito a algún convenio especial, entre otras.
En correspondencia con la Ley General de Seguridad Social, ante la aparición de alguna enfermedad, el afiliado debe haber realizado por lo menos una cotización.
Cuando se trata de una incapacidad permanente parcial, la cotización es obligatoria en casos en los que en los el motivo radica en una enfermedad común. Para este tipo de situaciones, se toma en cuenta si la edad del trabajador supera los 21 años. De ser así debe haber completado un mínimo de 1800 días cotizados durante un periodo de 10 años. Este cálculo se efectúa desde antes de que finalice la incapacidad temporal.
Ahora bien, si el lesionado aún no ha alcanzado los 21 años, debe haber realizado la mitad de las cotizaciones de los días que han transcurrido entre sus 16 años y la fecha en la que dio inicio su incapacidad temporal.
Por otro lado, cuando el motivo de la incapacitación es una accidente acaecido en dentro del trabajo, un accidente de tráfico o por las denominadas enfermedades profesionales, no se toman en cuenta los periodos de cotización, debido a que no son necesarios.
Baremo para el cálculo de las prestaciones
Se entiende por baremo, la base empleada para efectuar el cálculo de la cantidad de las prestaciones a partir de la cantidad de cotizaciones hechas por el trabajador lesionado. En este sentido, mientras más cotizaciones se hayan efectuado, mayores serán las prestaciones.
De acuerdo con el procedimiento legal a seguir, se emplea elaborando el cálculo de las prestaciones por la incapacidad temporal, en la que según el baremo, se abarca el pago de lo correspondiente a 24 meses. Posteriormente, se procede al cálculo de la incapacidad permanente.
Con la finalidad de que la resolución sea lo más justa posible, el baremo involucra el estudio de cada situación particular. Es decir, toma en cuenta detalles como la edad del afectado, la gravedad de los daños sufridos, así como su grado de incapacidad, antes de determinar la cantidad de las prestaciones.
Paso a paso para hacer la solicitud formal de la incapacidad permanente
Cuando el trabajador lesionado ha pasado por todos los procesos previos y ya se encuentre preparado para que le sea concedida su incapacidad permanente, existen una serie de pasos que debe seguir y a continuación te los describiremos.
Presentar la solicitud de incapacidad permanente
Para empezar, es necesario que acudáis al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y hacer la presentación de su solicitud, esta se puede desarrollar de 3 formas:
• Por parte de la persona interesada. En este caso es el mismo trabajador quien acude al instituto, plantea su solicitud, recibe el formulario correspondiente a su situación y procede a proporcionar detalladamente la información solicitada en la planilla, cuidando ser bastante claro y minucioso, sin dejar ningún dato o motivo médico sin mencionar.
• Por parte de algún organismo colaborador. En estos casos puede tratarse de asociaciones, como las mutuas de accidentes de trabajo, de la propia compañía en la que labora.
• Por solicitud realizada de oficio. Esto hace referencia a los casos en los que el propio INSS contrae la solicitud de incapacidad de la víctima.
Dirigirse al tribunal médico
Transcurrido 30 días de su solicitud, la persona lesionada será citada por el tribunal médico, el cual se trata de un grupo de médicos especializados que comprenden el Equipo de Valoración de Incapacidades para realizar las evaluaciones que conduzcan a detectar el estado de salud en la que se encuentra el trabajador.
Los argumentos médicos expuestos por el lesionado se estudian en profundidad. Por ende, es fundamental contar con toda la documentación correspondiente al caso. Deberá consignar las versiones originales y copias de los informes médicos y todo aquello que contribuya a que el tribunal médico tome las decisiones más justas.
Resolución a cargo del INSS
El Instituto Nacional de la Seguridad Social es el ente encargado de tomar la decisión definitiva en estos casos. Si concede o niega la solicitud, la misma será notificada a través del correo del trabajador en un periodo no mayor a 30 días.
Posibles resoluciones de INSS y el procedimiento a seguir ante las mismas
Como ya sabemos, el INSS es el organismo que goza de la facultad de poder aprobar o denegar tu solicitud, de acuerdo a cada una de estas resoluciones, el trabajador podrá seguir diferentes procedimientos. Si recibes la respuesta que deseáis o si el instituto falla a tu favor, se fijarán una serie de plazos en los que se debe hacer seguimiento a las lesiones sufridas, por si estas se agravan o se mejoran.
Cuando sucede lo contrario y se declina la solicitud, tus derechos contemplan la posibilidad de introducir una reclamación. Para llevarlo a cabo, contáis con 30 días hábiles de plazo, que se cuentan desde la fecha en la que se emite la decisión previa a la reclamación.
Es primordial que se expongan argumentos y razones médicas con la suficiente solidez para fundamentar las razones de la solicitud de la incapacidad, así como el grado requerido para la misma. Luego de esto, se evaluará exhaustivamente tu situación y documentación para tomar nuevamente la resolución.
Si vuelve a recibir una negativa por parte del INSS, el afectado dispondrá de un plazo de 30 días desde la fecha en la que se emite la resolución, para acudir al Juzgado Social e interponer una demanda. Donde la presencia de un abogado es fundamental para resguardar tus derechos e intereses.
Una vez concluido el juicio, es posible que el Juzgado Social tampoco apruebe la solicitud de incapacidad permanente, en estos casos y con la oportuna labor del asesor jurídico, el trabajador podrá elevar su caso a instancias mayores e interponer la demanda ante el Tribunal Superior de Justicia.
Preguntas frecuentas
Son tantos los factores y procedimientos que intervienen en la concesión de las indemnizaciones por incapacidad, es normal que se generen muchas dudas al respecto. Para resolverlas, lo mejor será contar con un abogado especializado en accidentes laborales o de tráfico, que te asesore de acuerdo a las particularidades de cada caso.
Ahora bien, existen una serie de preguntas que se suelen suscitar de forma generalizada sobre la solicitud y todo este proceso. Por lo tanto, procederemos a aclararte todas esas dudas que surgen con mayor frecuencia entre nuestros clientes.
¿Son los mismos requisitos para solicitar los diferentes tipos de incapacidad?
Aunque la edad es un factor determinante en todas y en líneas generales los requisitos para la solicitud de incapacidad permanente total, absoluta y de gran invalidez presentan bastante similitud, entre estas 3 y la incapacidad permanente parcial es donde se encuentran las diferencias más significativas.
Puesto que la cantidad de requisitos para la incapacidad permanente parcial es mayor, al tratarse de lesiones menos graves, suelen resultar menos evidentes. Por ejemplo, la cantidad de cotizaciones realizadas que se exigen.
¿Cuánto podría recibir de indemnización por incapacidad?
Para el cálculo de las prestaciones a otorgar intervienen diferentes aspectos, entre ellos el grado y tipo de incapacidad sufrida. Si se trata de una incapacidad permanente total, estaríamos hablando de una pensión vitalicia, cuya cantidad se designa a partir de un cálculo de 55% de la base que lo regula.
Cuando se trata de una incapacidad permanente absoluta, presentaría un incremento de entre el 30 y 50% que debe ser cubierto por el empleador.
¿Un trabajador puede reclamar por daños sufridos en el entorno laboral?
Sí, la ley contempla ese derecho. Sobre todo si el accidente es causado por causa directa del empleador, tales como, incumplir normas de higiene y de seguridad dentro de sus instalaciones.