Indemnizacion de 1.4 millones de Euros para una madre que perdio a sus dos hijos

 

La Junta de Andalucía ha anunciado que ha iniciado el expediente administrativo para «proceder al abono efectivo» de la indemnización de 1,4 millones de euros que debe entregar a Carmen Fernández por la retirada de sus hijos Iván y Sara, aunque a la vez va a recurrir al Tribunal Constitucional.

En un comunicado, la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social dice que «los servicios jurídicos de la Junta, tras un profundo análisis del auto de la Audiencia de Sevilla», han ratificado la no viabilidad de recurso ordinario o extraordinario alguno ante el Tribunal Supremo.

No obstante, el Gobierno andaluz «va a interponer recurso de amparo al Tribunal Constitucional al considerar que el citado auto vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva» pues «se han utilizado criterios de valoración no ajustados a Derecho y se imputan a la Junta responsabilidades que no le corresponden».

Pese a ello, el comunicado reitera su voluntad de acatar dicha resolución judicial, aunque no la comparta «en todos sus términos».

La Sección Sexta de la Audiencia condenó a la Junta a indemnizar con 1,4 millones de euros por su «largo y tortuoso calvario» durante los 10 años que ha pasado sin sus hijos y dijo que en ese tiempo fueron «ignorados y pisoteados» los derechos humanos elementales de los hermanos a la «afectividad, convivencia, ligazón natural y proximidad con su madre».

La Junta asumió la tutela de los niños cuando tenían cuatro y cinco años, debido al alcoholismo que entonces sufría la madre, y los dio en acogimiento a una familia de Dos Hermanas (Sevilla), de ahí que una vez superada su enfermedad haya sido incapaz de recuperarlos pese a que su abogado, Gabriel Velamazán, ha ganado todos los pleitos entablados desde 1996.

Por ello, la Audiencia anuló la decisión del juzgado de Familia, que sólo concedió a Carmen Fernández los 72.000 euros equivalentes a la pérdida de sus hijos en un accidente de tráfico, y le otorgó un amplio abanico de indemnizaciones en el que se incluye el cáncer que padece y que los jueces consideran «consecuencia directa o indirecta del sufrimiento soportado» y por lo tanto «lesión sufrida de manera ilegítima».

Fuente: Agencia EFE

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